Trámites Académicos

Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Música

NOTA: Se indican de forma aproximada los plazos de solicitud para los diferentes trámites. En cada caso concreto, deberá consultarse el calendario académico del año en curso.

  • El primer curso es obligatorio matricularse al menos de 60 ECTS y aprobar 12 ECTS (se puede solicitar una reducción por causas de salud o trabajo; para ello hay que informar en Secretaría Administrativa en el momento de realizar la matrícula)

PRIMER PERÍODO: mediados de julio

  • Estudiantes de nuevo ingreso que han realizado pruebas de acceso en junio
  • Estudiantes que tienen todas las asignaturas superadas en la convocatoria de junio

SEGUNDO PERÍODO: mediados de septiembre

  • Estudiantes de nuevo ingreso que han realizado pruebas de acceso en septiembre
  • Estudiantes que deben presentarse a la convocatoria de exámenes de septiembre

PLAZO (curso 2024-2025):

  • Hasta el 9 de octubre 
 

SOLICITUDES:

  • Se puede solicitar para cualquier asignatura, exceptuando el instrumento principal o la voz en la especialidad de Interpretación, salvo en casos de fuerza mayor y por causas debidamente justificadas. Implica la devolución de las tasas, previa conformidad de Secretaría Administrativa.

Las solicitudes firmadas deberán enviarse a: secretariaadministrativa@coscyl.com

DESCRIPCIÓN:

  • Implica renunciar a una de las dos convocatorias de ese curso (junio o septiembre), ya sea de una o de varias asignaturas.
  • Debe presentarse una solicitud para cada asignatura
  • No admite la devolución de las tasas
  • No requiere justificación, se concede automáticamente tras la solicitud.
  • El estudiante puede seguir asistiendo a las clases.

PLAZOS: (curso 2024/2025)

        IMPORTANTE La solicitud se presentará de forma presencial con registro de entrada, en la secretaría del centro.

  • Para renunciar a la convocatoria de junio: hasta el 17 de febrero.
  • Para renunciar a la convocatoria de septiembre: entre finales de junio y mediados de julio

DOCUMENTACIÓN:

DESCRIPCIÓN:

  • Permite el reconocimiento de créditos ECTS obtenidos en otros estudios de enseñanzas superiores.
  • No incluye estudios fuera de Europa, cursos de verano, certificados de idiomas, etc.
  • Debe realizarse la matrícula de las asignaturas correspondientes
  • Se recomienda asistir a las clases hasta que se resuelva la petición.

PLAZO:

  • Desde principios de julio a finales de octubre

SOLICITUD:

DESCRIPCIÓN:

  • Permite la excedencia como estudiante oficial durante un curso académico, manteniendo la plaza.

PLAZO:

  • Hasta finales de junio

DOCUMENTACIÓN:

DESCRIPCIÓN:

  • Al inicio de la elaboración del Trabajo Fin de Grado, el estudiante debe presentar una propuesta que requiere ser aprobada por el tutor y el departamento al que pertenece el estudiante.

PLAZOS:

  • Fecha límite: primer día lectivo de febrero* (para concurrir a la convocatoria de junio)
  • Fecha límite: primer día lectivo de abril* (para concurrir a la convocatoria de septiembre)

* Consultar calendario académico del curso vigente.

DOCUMENTACIÓN:

Para más información, consultar la Guía Docente de la especialidad.

DESCRIPCIÓN:

  • Implica renunciar a las dos convocatorias del curso actual (junio y septiembre), ya sea de una o varias asignaturas.
  • Se puede solicitar para una o varias asignaturas, así como para el curso completo
  • No admite la devolución de las tasas
  • Debe pasar la supervisión de la Dirección del Centro
  • El estudiante mantiene el derecho a asistir a las clases

PLAZO: (curso 2024/2025)

  • Hasta el 17 de febrero.

IMPORTANTE La solicitud se presentará de forma presencial con registro de entrada, en la secretaría del centro.

DOCUMENTACIÓN:

Según figura en el Artículo 5 de la

1. El alumnado podrá presentar reclamaciones contra las calificaciones obtenidas en las respectivas convocatorias, en el plazo de dos días hábiles a partir de su publicación, mediante escrito dirigido al director del centro, el cual, previo informe del departamento correspondiente y en el plazo de tres días hábiles desde la recepción de la reclamación, modificará o ratificará la calificación, comunicándolo por escrito al alumno.

2. Si el alumnado continuara en desacuerdo con el resultado obtenido, en el plazo de dos días hábiles a partir de la recepción de la comunicación mencionada en el apartado anterior, podrá solicitar por escrito al director del centro que eleve la reclamación a la Dirección Provincial de Educación, remitiéndola en un plazo no superior a tres días hábiles, junto con el informe del departamento correspondiente, la copia de la prueba cuya evaluación se reclama, así como la documentación adicional que considere pertinente.

La Inspección educativa de la Dirección Provincial de Educación analizará el expediente y las alegaciones que en él se contengan y emitirá un informe, pudiendo solicitar la colaboración de expertos y recabar cuanta información considere pertinente para su emisión.

En el plazo de veinte días hábiles desde la recepción de la reclamación, el Director Provincial de Educación procederá a su resolución, comunicándola al director del centro para su traslado al interesado.

3. Contra la resolución del Director Provincial de Educación podrá interponerse recurso de alzada ante el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en la provincia correspondiente, en la forma y plazos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Máster en Interpretación Musical

NOTA: Se indican de forma aproximada los plazos de solicitud para los diferentes trámites. En cada caso concreto, deberá consultarse el calendario académico del año en curso.